En la mejor disposición de contribuir para que perdure la
armonía, cordialidad, buena fe, el Ayuntamiento de Empalme, representado por el
presidente Municipal Héctor Moisés Laguna Torres, participó como testigo y
autoridad reguladora, en la firma de convenio de respeto de derechos, horarios
y pagos de cuotas, entre el Sindicato de Músicos de Empalme y la Unión de
música programada de Empalme A.C.
Mencionó, que en este se estipula, que las discomóviles y
tecno bandas pertenecientes a la Unión de Música Programada deberán cubrir una
cuota por evento al Sindicato de Músicos de Empalme, Sección 142, cada vez que
alguno de los agremiados de la Unión de Músicos amenice lucrativamente en
lugares públicos.
Rendón Gutiérrez, agregó también que los eventos
realizados en Canchas y Salones del valle de Empalme pagaran cuota de
recuperación, así como, en otros lugares públicos.
Señaló que de acuerdo al documento firmado, el 10% de lo
recaudado en cuotas se destinará a DIF Municipal.
Recalcó, que cuando un grupo foráneo se presente a
trabajar en cualquier evento en lugares públicos únicamente puede alternar
grupos pertenecientes al Sindicato de Músicos, quedando obligado el contratante
del grupo foráneo a pagara a dicho Sindicato la cuota de paso de 6% del total
del contrato o en su defecto, el 6% del total de boletaje vendido y recaudado.
Rendón Gutiérrez, mencionó que dentro del mismo convenio
que da estipulado que no se podrá realizar ningún baile masivo con fines de
lucro con ningún discomóvil o tecnobanda, a menos que un grupo perteneciente al
sindicato de músicos participe en este, excepto cuando sea para fines
altruistas.
Además, indicó que todos lo grupos musicales,
discomóviles y tecnobandas, rockolas y cualquier otro sistema reproductor de
música, deberán integrarse ya sea al Sindicato de Música o a la Unión de Música
Programada.
Así mismo, Rendón Gutiérrez, informó que queda estipulado
en el mencionado convenio, que el horario en el cual deberán laborar los
integrantes de la Unión de Música Programada cuando amenicen en un domicilio
particular es hasta la 1:00 horas de la mañana y para todos los demás casos y
horarios, las partes quedarán sujetas a los lineamientos de la ley de alcoholes
del Estado de Sonora.