Arturo Zaldivar propuso que se
conceda el amparo para que la autoridad responsable otorgue la garantía de audiencia
a los yaquis respecto de la licitación de la obra. El proyecto se discutirá hoy
en la Primera Sala de la SCJN
David Saúl Vela/ El
Financiero.com
El ministro Arturo Zaldívar propuso
que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación conceda un
amparo para efectos a productores agrícolas de la tribu Yaqui en Sonora contra
la licitación del proyecto integral para el diseño y construcción del Acueducto
Independencia.
Consideró que debe modificarse
la resolución impugnada y conceder el amparo “únicamente para el efecto de que
la autoridad responsable otorgue la garantía de audiencia” respecto de la
licitación de la obra púbica.
El ministro Zaldívar dijo que
para ello Organismo de Cuenca Noroeste de la Comisión Nacional del Agua, debe
cumplir con los siguientes requisitos:
Notificar el inicio del
procedimiento y sus consecuencias; dar oportunidad de ofrecer y desahogar
pruebas en que se finque la defensa; permitir alegatos; y dictar una resolución
que dirima las cuestiones debatidas.
“Hecho lo anterior, debe
determinar, a través de una determinación fundada y motivada, si es dable
mantenerlos, modificarlos, o incluso revocarlos”, dice el proyecto de sentencia
publicado este martes por el ministro Zaldívar.
En su proyecto de sentencia del
amparo en revisión 650/2015 que será discutido y votado este miércoles en la
Primera Sala de la SCJN, el ministro Zaldívar hizo una recapitulación del
camino legal que los productores agrícolas yaquis han tenido que pasar, desde
agosto de 2010 con la presentación de un amparo, en su afán de echar abajo la
construcción del Acueducto Independencia.
Recordó que los productores
agrícolas yaquis alegaron en su amparo que el objetivo de la obra es abastecer
a la ciudad de Hermosillo, Sonora, de 75 millones de metros cúbicos de agua.
Advirtieron que el recurso
hidráulico provendría de la presa El Novillo, lo que implicaría una importante
reducción de suministro de agua a las áreas de riego que tienen bajo su
concesión.
Estimaron que ello generaría un
desequilibrio en las aguas subterráneas del Río Yaqui y en consecuencia se
dejaría de sembrar una gran cantidad de hectáreas en el Valle del Yaqui,
causando un impacto social y económico a la región.
El 13 de octubre de 2013 el Juez
Séptimo de Distrito en Sonora sobreseyó el amparo de los productores agrícolas,
por lo que hace a la licitación y amparo por lo que hace a la garantía de
audiencia.
La decisión que fue impugnada por
las partes y fue ratificada por el Juzgado Octavo de Distrito. Posteriormente
los propios productores solicitaron la intervención de la SCJN, quien aceptó
ejercer su facultad de atracción en septiembre de 2014.
Al elaborar el proyecto de
sentencia, el ministro Zaldívar dijo que la licitación, procedimiento y
adjudicación de la obra, no causa ningún perjuicio en el interés jurídico a la
parte quejosa.
Esto porque no modifican los
títulos de concesión que se les otorgó, ni altera las condiciones para la
distribución de los volúmenes máximos de agua concesionados.
“El agua, al no ser renovable y
poseer constante movilidad, excluye toda posibilidad de apropiación real y
permanente”, dijo y agregó que “los títulos de concesión no garantizan la
existencia del recurso hidráulico concesionado y mucho menos otorga derechos
exclusivos”.
El ministro propone conceder el
amparo para el efecto de que la autoridad responsable otorgue la garantía de
audiencia respecto de la licitación de la obra.